Impuestos al heredar una vivienda en Alicante: sucesiones, plusvalía municipal y pasos para vender sin sorpresas.
|

Qué impuestos pagas al heredar una vivienda en Alicante

Si has heredado una vivienda en la provincia de Alicante y estás pensando en qué coste fiscal tendrás que asumir, este post te resultará clave. En Inmobiliaria Núcleo explicamos de manera clara los impuestos que se aplican a la herencia de un inmueble en la zona, los trámites posteriores si decides venderlo y cómo ayudarte a tomar decisiones informadas.

1. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) en la Comunidad Valenciana

Cuando heredas una vivienda, el primer impuesto que debes considerar es el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), que grava las adquisiciones mortis causa (por fallecimiento) de bienes y derechos.

1.1 ¿Qué tipo aplicable y mínimo exento?

En la Comunidad Valenciana los tipos para el ISD oscilan entre aproximadamente el 7,65 % y el 34 % según la base imponible y la edad/parentesco del heredero. Además, existen reducciones según el grado de parentesco. Por ejemplo:

  • Grupo I (hijos menores de 21 años): reducción especial.
  • Grupo II (hijos mayores de 21, cónyuge, ascendientes): reducción de base de hasta 100.000 € por heredero.

Desde el 28 de mayo de 2023 la Comunidad Valenciana aprobó una bonificación de hasta el 99 % en la cuota del ISD para adquisiciones mortis causa entre parientes directos (Grupos I y II).

1.2 Plazo de presentación y pago.

El heredero debe presentar el modelo correspondiente (por ejemplo el Modelo 650) dentro del plazo que marca la normativa autonómica: habitualmente 6 meses desde el fallecimiento, con posibilidad de prórroga de otros 6 meses si se solicita formalmente.

1.3 ¿Cuándo se paga efectivamente?

Si te aplican la bonificación del 99 %, la cuota puede quedar prácticamente en cero. Pero aun así la obligación de presentar la autoliquidación existe.

Impuestos al heredar una vivienda en Alicante: sucesiones, plusvalía municipal y pasos para vender sin sorpresas.

2. Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía municipal)

Además del ISD, cuando heredas un inmueble urbano también entra en juego la «plusvalía municipal». En la provincia de Alicante este impuesto grava el incremento del valor del terreno urbano desde el fallecimiento (o adquisición previa) hasta la transmisión.

2.1 ¿Quién lo liquida y cuándo?

Cuando la transmisión es por herencia (adquisición mortis causa) el sujeto pasivo es el heredero o la herencia yacente, si aun no se ha aceptado. El Ayuntamiento de Alicante dispone de un sistema de autoliquidación online mediante su Oficina Virtual Tributaria.

2.2 ¿Cómo se calcula aproximadamente? Se toma como referencia el valor catastral del suelo en el momento de la transmisión, el porcentaje y los años de tenencia. Por ejemplo, un inmueble cuyo valor catastral del suelo sea 60.000 €, con un incremento ponderado del 2,5 % en 5 años, generaría base imponible de 7.500 €.

2.3 ¿Y si luego vendo el inmueble? Si heredas una vivienda y después decides venderla, tendrás que considerar la plusvalía municipal en la venta también (además de la que se generó al heredar). :contentReference[oaicite:14]{index=14}

3. Implicaciones de vender una vivienda heredada

Si tras heredar decides vender la vivienda en Alicante conviene tener en cuenta los siguientes aspectos fiscales para evitar sorpresas.

3.1 Ganancia patrimonial y IRPF La venta de una vivienda heredada puede generar una ganancia patrimonial que debe declararse en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). El valor de adquisición para el heredero se considera el día del fallecimiento del causante.

3.2 ¿Qué impuestos se liquidan al vender? 

Cuando vendes un piso heredado en Alicante tendrás que:

  • Liquidar la plusvalía municipal por la venta (vendedor será el heredero que vende).
  • Declarar la ganancia patrimonial en IRPF si corresponde.

3.3 ¿Y los costes del trámite de la herencia? Además de los impuestos, la tramitación de una herencia en Alicante conlleva gastos notariales, registrales y administrativos. Algunos abogados estiman desde unos 395 €.

4. Pasos a seguir para heredar y vender con garantía

  1. Acepta la herencia según el régimen que convenga (puede ser pura y simple o a beneficio de inventario).
  2. Presenta el ISD en la Comunidad Valenciana (modelo 650 u otro según normativa) en el plazo correspondiente. Aprovecha la bonificación del 99 %.
  3. Liquida la plusvalía municipal por la herencia en el Ayuntamiento correspondiente. Solicita prórroga si lo necesitas (plazo adicional de hasta 6 meses).
  4. Registra la vivienda a nombre del heredero en el Registro de la Propiedad y actualiza valores catastrales si fuera necesario.
  5. Si quieres venderla, asegúrate de conocer el valor de adquisición (fecha del fallecimiento) y calcula la ganancia patrimonial para IRPF.
  6. Liquida la plusvalía municipal derivada de la venta y presenta la autoliquidación correspondiente.
  7. Trabaja con una agencia especializada, como Inmobiliaria Núcleo, que te ayude a coordinar todos los trámites, la fiscalidad y la venta. Contacta con nosotros hoy.

5. FAQs: dudas comunes sobre heredar y vender vivienda en Alicante

  • ¿Tengo que pagar el ISD aun cuando la cuota quede bonificada al 99 %? Sí. Aunque la bonificación reduzca la cuota casi a cero para Grupos I y II, sigue siendo obligatorio presentar la autoliquidación y formalizar los trámites.
  • ¿Cuándo se paga la plusvalía municipal por herencia? Se devenga desde el fallecimiento del causante aunque la escritura de aceptación de herencia se firme después. El plazo de presentación suele estar en los 6 meses, con prórroga de otros 6 si se solicita.
  • ¿Si vendo la vivienda enseguida después de heredar, tengo menos impuestos? La venta temprano no exime de impuestos. Habrá que liquidar la plusvalía de la herencia y la de la venta, y declarar cualquier ganancia patrimonial.
  • ¿Qué debo revisar antes de vender una vivienda heredada? Revisa que el ISD esté presentado, que la plusvalía esté liquidada o gestionada, que la vivienda esté registrada a tu nombre, y que no haya cargas o deudas del causante que puedan afectar la venta.

¿Quieres que gestionemos tu herencia y venta inmobiliaria? Ponte en contacto con Inmobiliaria Núcleo y haremos que el proceso sea ágil, fiscalmente eficiente y sin sorpresas.

Publicaciones Similares